HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Corresponde a Expediente Nº 4039-11838/14
ORDENANZA Nº 1866/2014
Artículo Primero: Modificase la Ordenanza Municipal Nº 1765/2013 relacionada con el “Programa de Becas para Capacitación” en su artículo 4º, la cual quedara redactada de la siguien-te manera:
“Artículo Cuarto: Fijase en pesos quince ($15), a partir del 1º de marzo de 2014, el importe a abonar por hora de capacitación, a los beneficiarios de las becas antes mencionadas, las que serán abonadas semanalmente en dependencias de la Dirección General de Desarrollo Social del Municipio”.
Articulo Segundo: Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, Sesión Ordinaria a los 14 días del mes de Abril de dos mil catorce. Aprobada por Unanimidad.
Luis Alejandro Sabbattini Amílcar Aníbal Márquez
Sec. Legislativo HCD Vice-Presidente1º a/c -HCD
General Alvear Pcia. Bs. As. General Alvear Pcia. Bs. As.