ARTÍCULO1°: Modifícase e lartículo1° de la Ordenanza 2030/2016, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 1º: Autorízase el estacionamiento libre y exclusivo de camiones transportadores de caudales frente a la Sucursal General Alvear del Banco Provincia de la Provincia de Buenos Aires, que funciona en nuestra ciudad sobre el cordón de la Plaza Principal, exclusivamente en días hábiles de 08:00 hs. a 15:00 hs. Queda terminantemente prohibido el estacionamiento de vehículos particulares en el horario señalado.
ARTÍCULO 2°: Establézcase sobre la Avenida Presidente Perón, en el cordón adyacente a la Sucursal General Alvear del Banco de la Provincia de Buenos Aires, una franja de 4 metros de largo, paralelo a la vereda, un estacionamiento exclusivo destinado a vehículos que transporten personas con discapacidad;
ARTÍCULO 3º: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal, a pintar la parte correspondiente de la calzada, en color amarillo, con los símbolos correspondientes.
ARTÍCULO 4º: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal colocar el cartel indicativo de la exclusividad del estacionamiento. A los efectos del presente, queda terminantemente prohibido el estacionamiento de vehículos particulares en ese lugar en horario de funcionamiento bancario (de 08:00 hs. a 15:00 Hs).
ARTÍCULO 5º: Todo lo normado, deberá respetar lo establecido por los artículos 1,2,3 y 4 de la Ordenanza N° 2637/2025.-
ARTÍCULO 6°: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase, Publíquese.-
Aprobada por unanimidad. Dada en la sala de sesiones “Héroes de Malvinas” del Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, a los veintinueve días del mes de diciembre del año 2025.
Diego Andrés Garaventa José Alberto Alaniz Secretario Legislativo H.C.D. Presidente H.C.D. General Alvear (B.A.) General Alvear (B.A.)