ARTÍCULO1°: Modifícase e lartículo1° de la Ordenanza 2030/2016, el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 1º: Autorízase el estacionamiento libre y exclusivo de camiones transportadores de caudales frente a la Sucursal General Alvear del Banco Provincia de la Provincia de Buenos Aires, que funciona en nuestra ciudad sobre el cordón de la Plaza Principal, exclusivamente en días hábiles de 08:00 hs. a 15:00 hs. Queda terminantemente prohibido el estacionamiento de vehículos particulares en el horario señalado.

ARTÍCULO 2°: Establézcase sobre la Avenida Presidente Perón, en el cordón adyacente a la Sucursal General Alvear del Banco de la Provincia de Buenos Aires, una franja de 4 metros de largo, paralelo a la vereda, un estacionamiento exclusivo destinado a vehículos que transporten personas con discapacidad;

ARTÍCULO 3º: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal, a pintar la parte correspondiente de la calzada, en color amarillo, con los símbolos correspondientes.

ARTÍCULO 4º: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal colocar el cartel indicativo de la exclusividad del estacionamiento. A los efectos del presente, queda terminantemente prohibido el estacionamiento de vehículos particulares en ese lugar en horario de funcionamiento bancario (de 08:00 hs. a 15:00 Hs).

ARTÍCULO 5º: Todo lo normado, deberá respetar lo establecido por los artículos 1,2,3 y 4 de la Ordenanza N° 2637/2025.-

ARTÍCULO 6°: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase, Publíquese.-

Aprobada por unanimidad. Dada en la sala de sesiones “Héroes de Malvinas” del Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, a los veintinueve días del mes de diciembre del año 2025.

  Diego Andrés Garaventa                                        José Alberto Alaniz
Secretario Legislativo H.C.D.                                    Presidente H.C.D.
   General Alvear (B.A.)                                       General Alvear (B.A.)
Categorías: Ordenanzas