HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Corresponde a Expediente Nº 4039-11761/13
ORDENANZA Nº 1865/2014
MODIFICACION ORDENANZA 1846/13 (ANEXOS I Y II –Art 4º,5º y 7º)
Visto:
Los planes de viviendas Buenos Aires Hogar, Compartir y Procrear respectivamente imple-mentados por la Pcia., Nación y Municipio y la Ordenanza 1846/2013 sancionada por ese honorable Concejo y:
Considerando:
Las observaciones formuladas obrantes a fojas 24/25 del Expte. 4039-11761/13 por la Direc-ción de Ordenamiento Local,
El Intendente Municipal en uso de sus atribuciones eleva el siguiente proyecto de Ordenanza.
ARTÍCULO PRIMERO: Se modifica el Art. 4º de la Ordenanza 1846/2013 el que quedara re-dactado de la siguiente manera:
Aféctese la parte de la parcela desafectada en el Art.3º) al Área Urbana Semiagrupada (USU) con las siguientes medidas y linderos:
Al Norte: 218,84mts. Lindando con calle J. Hernández
Al Este: 229,84mts. Lindando con resto de su misma parcela 1
Al Sud: 218,84 mts. Lindando con resto de su misma parcela 1
Al Oeste: 229,84 mts. Lindando con Av. San Martin
Ver Anexo I
ARTÍCULO SEGUNDO: Se modifica el Art. 5º de la Ordenanza 1846/2013 el que quedará redactado de la siguiente manera:
La parte deslindada será destinada a proyectos urbanísticos integrales denominándose Distri-tos de Urbanización especial 13 (DUE).
Los espacios verdes públicos y reserva de equipamiento comunitario a ceder para los espa-cios parcelarios del proyecto de la subdivisión por aplicación del Art. 56 del DL 8912/77.Se ubican en una parte de la superficie de la manzana a crear como a tal efecto lo grafica el Anexo II, quedando el resto de la superficie como reserva al momento de desafectar y subdividir el resto de la parcela 1.
Ver Anexo II
Art. 6º Indicadores Urbanísticos (Ley 8912 –Art 52 inc b)
Densidad 150 hab.
Fos 0.6
Fot 1
Lado mínimo 10 mts.
Superficie mínima 200.00 m2
ARTÍCULO TERCERO: se modifica el art.7 de la Ordenanza 1846/2013 el que quedara redactado de la siguiente manera:
El nuevo Distrito Urbanizado Especial (DUE 13) contará con los servicios de agua corriente, red de energía eléctrica, alumbrado público y domiciliario, red cloacal, desagües pluviales y estabilizado granular de las calles.
ARTÍCULO CUARTO: Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, Sesión Extraordinaria a los 07 días del mes de Marzo de dos mil catorce. Aprobada por Unanimidad.
Luis Alejandro Sabbattini Amílcar Aníbal Márquez
Sec. Legislativo HCD Vice-Presidente1º a/c -HCD
General Alvear Pcia. Bs. As. General Alvear Pcia. Bs. As.