HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ORDENANZA Nº 1050/94
ARTICULO 1:Fíjase en la suma de pesos CUATRO MILLONES SETECIENTOS MIL ( $ 4.700.000,00) El Presupuesto General de gastos de la Administración y Honorable Concejo Deliberante para el año 1994 que regirá conforme a las planillas obrantes a fojas 3 a 6 del expediente Nro. 4039-2273/94, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 2:Estímase en la suma de pesos CUATRO MILLONES SETECIENTOS MIL ($ 4.700.000,00) los Recursos destinados a la financiación del Presupuesto General de Gastos de la Administración y Honorable Consejo Deliberante para el año 1994 de acuerdo al detalle obrante a fojas 7 a 8 del Expediente 4039-2273/94 que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 3: Apruébanse las planillas “Detalles de Sueldos Individuales y Retribuciones Globales”, obrantes a fojas 10 a 14 del expediente Nro. 4039-2273/94 que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 4: Apruébase la Estructura Orgánico – Funcional obrante a fojas 9 del expediente 4039-2273/94.
ARTICULO 5:Fíjase en doscientos siete (200) el número de agentes de la Planta permanente, según detalle obrante a fojas 10 a 13 del expediente Nro. 4039-2273/94, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 6: Apruébase la Ordenanza Complementaria de Presupuesto que obra a fojas 15 a 17 del Expediente Nº 4039-2273/94 y que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 7: Autorizase al Departamento Ejecutivo a ampliar el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos en virtud de lo establecido en el artículo 120 de la Ley Orgánica Municipal.
ARTICULO 8: Facultase al Departamento Ejecutivo a disponer transferencias de créditos para reforzar conceptos preexistentes o crear nuevos en el Presupuesto de Gastos Vigente, respetando los nomencladores respectivos.
ARTICULO 9: Facultase al departamento Ejecutivo a otorgar al Personal Municipal los incrementos salariales siguiendo las pautas que fijan los superiores gobiernos de la Provincia y/o Nación Y/o Comisión Paritaria Municipal de la Provincia de Bs. As., y en su oportunidad los respectivos Decretos para su convalidación.
ARTICULO 10: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Regístrese. Cúmplase.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS 22 DÍAS DEL MES DE JUNIO DE 1994 Y APROBADA POR MAYORIA.-
Firmado: LUIS JORGE IZURIETA – Secretario.
GAUDENCIO ANIBAL FERNANDEZ – Presidente.