Corresponde Expediente Nº 4039-17207/2025

ARTICULO 1°: Exímase del pago de la Tasa por Inspección, Seguridad, Salubridad e Higiene a todos los comercios habilitados en el ámbito del Municipio de General Alvear, sobre las cuotas 2 y 3 del año 2025.

ARTÍCULO 2°: La eximición será automática para todos los contribuyentes incluidos en el régimen correspondiente, sin distinción de niveles de facturación o de actividad.

ARTÍCULO 3°:Comuníquese, cúmplase, publíquese y archívese.

Dada en la  Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante “Héroes de Malvinas”, en Sesión Ordinaria a los veintitrés  días del mes de mayo de 2025

Aprobada por Unanimidad.

 Diego Andrés Garaventa                                              Julio Fabrizio Criado

Secretario Legislativo H.C.D.                                           Presidente H.C.D.

   General Alvear (B.A.)                                                 General Alvear (B.A.)

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