Corresponde Expediente Nº 4039-17207/2025
ARTICULO 1°: Exímase del pago de la Tasa por Inspección, Seguridad, Salubridad e Higiene a todos los comercios habilitados en el ámbito del Municipio de General Alvear, sobre las cuotas 2 y 3 del año 2025.
ARTÍCULO 2°: La eximición será automática para todos los contribuyentes incluidos en el régimen correspondiente, sin distinción de niveles de facturación o de actividad.
ARTÍCULO 3°:Comuníquese, cúmplase, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante “Héroes de Malvinas”, en Sesión Ordinaria a los veintitrés días del mes de mayo de 2025
Aprobada por Unanimidad.
Diego Andrés Garaventa Julio Fabrizio Criado
Secretario Legislativo H.C.D. Presidente H.C.D.
General Alvear (B.A.) General Alvear (B.A.)