HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
“2013 Año del Trigésimo Aniversario de la recuperación de la Democracia”
Corresponde a Nota de vecino.
ORDENANZA Nº 1817/2013
ARTICULO 1º: Una vez finalizados los comicios electorales todos los partidos políticos que hayan participado de los mismos, procederán a retirar, de la vía pública, toda la publicidad que se haya colocado para la ocasión.
ARTICULO 2º: Se fija el plazo de quince (15) días, a partir del día posterior a los comicios, como límite de tiempo para ejecutar las acciones.
ARTICULO 3º: El incumplimiento de lo dispuesto en los Art. 1 y 2 serán pasibles de apercibimiento y multa posterior de 300 a 1000 módulos, según el caso.
ARTÍCULO 4°:Comuníquese. Regístrese. Publíquese. Cúmplase.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, Sesión Ordinaria a los 05 días del mes de agosto de dos mil trece. Aprobada por Unanimidad.-
Corina Pourthé Hurí Graciela Piedrabuena
Sec. Legislativa HCD Presidente HCD
General Alvear Pcia. Bs. As. General Alvear Pcia. Bs. As.