Corresponde Expediente Nº 4039-16838/2024.
ARTÍCULO 1º: Modificase la Ordenanza Nº2570/2024 del Presupuesto vigente y apruébese el incremento en el sueldo básico del 20% para el personal municipal a partir 01/07/2024.
ARTÍCULO 2º:Fíjese para los agentes municipales mayores de dieciocho años (18) años de edad, que cumplan la jornada laboral completa de trabajo de la Administración Municipal, el sueldo básico mínimo que a continuación se detalla:
A partir del 01/07/2024……………………………………………..…..$ 294.080,86.
ARTICULO 3º: Determínese el siguiente sueldo básico para el Auxiliar Administrativo Categoría 4 ingresante, de 35 hs. a partir del 01 de Julio de 2024 de $ 294.080,86 a los fines de la determinación del sueldo del señor Intendente Municipal y dieta de los señores Concejales, que deberá proporcionarse a 40 hs. semanales.
A partir del 01/07/2024………………………………..………………..$ 336.092,40. Se le deberá adicionar una bonificación como operador equipo de computación de $200, sin distinción de carga horaria.
ARTICULO 4º: Fijase a partir del 01/07/2024 en pesos un millón ocho mil ochocientos setenta y siete con veinte centavos($1.008.877,20) la dieta de los señores Concejales, calculada en tres sueldos de la Categoría establecida en el Artículo 3º de la presente Ordenanza, en su equivalente a cuarenta (40) horas semanales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 92 de la L.O.M.
ARTICULO 5º: Fijase a partir del 01/07/2024 en pesos cuatro millones treinta y cinco mil quinientos ocho con ochenta centavos ($ 4.035.508,80), el sueldo básico del señor Intendente Municipal, calculado en doce sueldos de la Categoría establecida en el Artículo 3º de la presente ordenanza, en su equivalente a cuarenta (40) horas semanales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 de la L.O.M. La compensación de gastos de representación del Señor Intendente Municipal se mantendrá en pesos treinta mil ($30.000,00).
ARTICULO 6º: Fijase en un cuarenta (40) por ciento del sueldo del señor Intendente Municipal los sueldos básicos de los señores Secretarios de Hacienda, de Gobierno, de Salud y de Obras y Serv. Públicos
ARTICULO 7º: Fijase en un treinta y cinco (35) por ciento del sueldo del señor Intendente Municipal el sueldo básico del Contador Municipal.
ARTICULO 8º: Fijase en un treinta (30) por ciento del sueldo del señor Intendente Municipal los sueldos básicos del Tesorero y del Jefe de Compras Municipales.
ARTICULO 9º: Apruébese la nómina de sueldos básicos y bonificaciones por cargo y/o función de los funcionarios que se detallan en el Anexo I y detalle de Agrupamientos, Anexo II, que forma parte integrante de la presente Ordenanza, a partir del 01/07/2024, siendo la cantidad de cargos de la Planta Permanente Municipal de 475.
ARTICULO 10º: Modifíquese la Ordenanza 2550/2024 del Presupuesto de Gastos vigente y apruébese el incremento del valor de las guardias que se realicen en el Hospital Municipal “Bernardino Rivadavia”.
A partir del 1° de Junio de 2024:
GUARDIAS MÉDICAS ACTIVAS 24 Hs.: | |
Lunes a Jueves | $ 201.337,50 |
Viernes, Sábado, Domingo y feriados | $ 235.987,50 |
GUARDIAS MÉDICAS PASIVAS 24 Hs.: | |
Lunes a Jueves | $ 30.900,00 |
Viernes, Sábado, Domingo y feriados | $ 36.300,00 |
CIRUGÍA 24 Hs.: | |
Lunes a Jueves | $ 52.200,00 |
Viernes, Sábado, Domingo y feriados | $ 63.000,00 |
TOCOGINECOLOGÍA PASIVA 24 Hs.: | |
Lunes a Jueves | $ 37.800,00 |
Viernes, Sábado, Domingo y feriados | $ 44.700,00 |
PEDIATRÍA PASIVA 24 Hs.: | |
Lunes a Jueves | $ 57.525,00 |
Viernes, Sábado, Domingo y feriados | $ 67.425,00 |
OBSTETRICIA PASIVA 24 Hs.: | |
Lunes a Jueves | $ 24.600,00 |
Viernes, Sábado, Domingo y feriados | $ 41.100,00 |
CONSULTORIO PEDIATRIA Y TOCOGINECOLOGIA | |
Sábado, Domingo y feriados (por día) | $ 50.000,00 |
GUARDIAS PASIVAS (semanales): | |
Laboratorio | $ 48.900,00 |
Rayos | $ 48.900,00 |
Tomografías | $ 80.850,00 |
Cirugía | $ 48.900,00 |
Farmacia | $ 48.900,00 |
Hemoterapia | $ 48.900,00 |
Administración | $ 48.900,00 |
Grupo electrógeno + oxigeno | $ 48.900,00 |
Salud mental | $ 80.850,00 |
A partir del 1° de Julio de 2024:
GUARDIAS MÉDICAS ACTIVAS 24 Hs.: | |
Lunes a Viernes | $ 255.698,63 |
Sábado, Domingo y feriados | $ 299.704,13 |
PEDIATRÍA PASIVA 24 Hs.: | |
Lunes a Viernes | $ 127.849,31 |
Sábado, Domingo y feriados | $ 149.852,06 |
A partir del 15° de Julio de 2024:
OBSTETRICIA PASIVA 24 Hs.: | |
Lunes a Jueves | $ 31,980.00 |
Viernes, Sábado, Domingo y feriados | $ 53,430.00 |
ARTÍCULO 11º: Crease en el Presupuesto de Gastos vigente a partir del 01/07/2024 o desde la fecha indicada, los siguientes cargos:
1110102000 – Secretaría de Gobierno y Hacienda
01.01.00 – Gestión de Políticas de Gobierno
Personal de Servicio
07.07.01.48 Ordenanza Clase I 1
1110105000 – Secretaría de Salud
29.00.00- Hospital Municipal “Bernardino Rivadavia”
Personal Técnico
Personal de Servicio
30.00.00 – Dirección General de Salud
Personal Técnico
31.00.00 – Asistencia a la 3ra. Edad en Hogar de Ancianos “Dr. Jorge Luis González”
Personal Técnico
Personal de Servicio
1110106000 – Secretaría de Obras y Servicios Públicos
25.00.00 – Servicios Especiales Urbanos
Personal Obrero
ARTÍCULO 12º: Eliminase en el Presupuesto de Gastos vigente a partir del01/07/2024:
1110105000 – Secretaría de Salud
29.00.00- Hospital Municipal “Bernardino Rivadavia”
Personal Administrativo
Personal Técnico
Personal de Servicio
30.00.00 – Dirección General de Salud
Personal Técnico
31.00.00 – Asistencia a la 3ra. Edad en Hogar de Ancianos “Dr. Jorge Luis González”
Personal Técnico
Personal de Servicio
1110106000 – Secretaría de Obras y Servicios Públicos
25.00.00 – Servicios Especiales Urbanos
Personal Obrero
ARTICULO 13º:El Departamento Ejecutivo deberá realizar las adecuaciones presupuestarias pertinentes derivadas de los incrementos salariales dispuestos en el presente expediente, utilizando para su financiación economías libre disponibilidad o mayor coparticipación.
ARTICULO 14º: Realícese las modificaciones pertinentes en la Ordenanza de
Referencia redactando un solo cuerpo.
ARTÍCULO 15º:Comuníquese, Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante “Héroes de Malvinas”, en Sesión Ordinaria a los veintinueve días del mes de julio de 2024.
Aprobada por Unanimidad.
Diego Andrés Garaventa Julio Fabrizio Criado
Secretario Legislativo H.C.D. Presidente H.C.D.
General Alvear (B.A.) General Alvear (B.A.)