Corresponde Expediente Nº 4039-16671/2024
ARTÍCULO 1º: Modificase la Ordenanza Nº2552/2024 del Presupuesto vigente y apruébese el incremento en el sueldo básico del 15% para el personal municipal a partir 01/03/2024.-
ARTÍCULO 2º:Fíjese para los agentes municipales mayores de dieciocho años (18) años de edad, que cumplan la jornada laboral completa de trabajo de la Administración Municipal, el sueldo básico mínimo que a continuación se detalla:
A partir del 01/03/2024……………………………………..………$ 204.222,82.
ARTICULO 3º: Determínese el siguiente sueldo básico para el Auxiliar Administrativo Categoría 4 ingresante, de 35 hs. a partir del 01 de Marzo de 2024 de $ 204.222,82 a los fines de la determinación del sueldo del señor Intendente Municipal y dieta de los señores Concejales, que deberá proporcionarse a 40 hs. semanales.
A partir del 01/03/2024…………………………..…………………..$ 233.397,60. Se le deberá adicionar una bonificación como operador equipo de computación de $200, sin distinción de carga horaria.
ARTICULO 4º: Fíjase a partir del 01/03/2024 en pesos setecientos mil setecientos noventa y dos con ochenta centavos ($700.792,80) la dieta de los señores Concejales, calculada en tres sueldos de la Categoría establecida en el Artículo 3º de la presente Ordenanza, en su equivalente a cuarenta (40) horas semanales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 92 de la L.O.M.
ARTICULO 5º: Fíjase a partir del 01/03/2024 en pesos dos millones ochocientos tres mil ciento setenta y uno con veinte centavos ($ 2.803.171,20), el sueldo básico del señor Intendente Municipal, calculado en doce sueldos de la Categoría establecida en el Artículo 3º de la presente ordenanza, en su equivalente a cuarenta (40) horas semanales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 de la L.O.M. La compensación de gastos de representación del Señor Intendente Municipal se mantendrá en pesos treinta mil ($30.000,00).
ARTICULO 6º: Fíjase en un cuarenta (40) por ciento del sueldo del señor Intendente Municipal los sueldos básicos de los señores Secretarios de Hacienda, de Gobierno de Salud y de Obras y Serv. Públicos
ARTICULO 7º: Fíjase en un treinta y cinco (35) por ciento del sueldo del señor Intendente Municipal el sueldo básico del Contador Municipal.
ARTICULO 8º: Fíjase en un treinta (30) por ciento del sueldo del señor Intendente Municipal los sueldos básicos del Tesorero y del Jefe de Compras Municipales.
ARTICULO 9º: Apruébese la nómina de sueldos básicos y bonificaciones por cargo y/o función de los funcionarios que se detallan en el Anexo I y detalle de Agrupamientos, Anexo II, que forma parte integrante de la presente Ordenanza, a partir del 01/03/2024, siendo la cantidad de cargos de la Planta Permanente Municipal de 476.
ARTICULO 10º: Modifíquese la Ordenanza 2550/2024 del Presupuesto de Gastos vigente y apruébese el incremento del valor de las guardias que se realicen en el Hospital Municipal “Bernardino Rivadavia” a partir del 1º de Marzo de 2024.
GUARDIAS MÉDICAS ACTIVAS 24 Hs.: | |
Lunes a Viernes | $ 167.781,25 |
Sábado, Domingo y feriados | $ 196.656,25 |
ARTÍCULO 11º: Crease en el Presupuesto de Gastos vigente a partir del 01/03/2024 los siguientes cargos:
1110101000-Conducción Superior
28.00.00- Promoción al Desarrollo Económico
Personal Administrativo
- 05.16.04 35 hs. Of. Administrativo 1
1110102000-Secretaria de Gobierno y Hacienda
01.02.00 – Gestión de Políticas de Hacienda
Personal Administrativo
- 05.19.43 35 hs. Of. Administrativo I 1
1110105000- Secretaria de Salud
29.00.00- Hospital Municipal “Bernardino Rivadavia”
Personal de Servicio
- 07.10.01 48 hs. Cocinera 1
Personal Técnico
- 04.18.01 35 hs. Técnico Laboratorio 1
30.00.00-Direccion General de Salud
Personal Obrero
- 06.09.03 48 hs. Of. Tareas Varias 3
Personal Profesional
- 03.08.01 48 hs. Enfermera Profesional 1
1110106000- Secretaria de Obras y Servicios Públicos
25.00.00 Servicios Especiales Urbanos
Personal Obrero
- 06.09.04 48 hs. Ayudante Albañil 1
ARTÍCULO 12º: Eliminase en el Presupuesto de Gastos vigente a partir del 01/03/2024 los siguientes cargos:
1110101000-Conducción Superior
22.01.00 Políticas de Promoción Cultural y Talleres
Personal Administrativo
- 05.16.04.35hs. Of. Administrativo 1
35.01.00 Administración Políticas Educativas
Personal Obrero
06.09.03 48 hs Of. Tareas Varias 1
1110102000-Secretaria de Gobierno y Hacienda
01.02.00 – Gestión de Políticas de Hacienda
Personal Administrativo
- 05.11.01 35 hs. Aux. Administrativo II 1
11101050000- Secretaria de Salud
29.00.00- Hospital Municipal “Bernardino Rivadavia”
Personal Administrativo
05.11.03 48 hs. Telefonista 1
Personal de Servicio
07.05.02 48 hs. Mucama 1
30.00.00-Direccion General de Salud
Personal Obrero
- 06.16.05 48 hs. Of. Tareas Varias 1
1110106000- Secretaria de Obras y Servicios Públicos
25.00.00 Servicios Especiales Urbanos
Personal Obrero
- 06.09.03 48 hs Of. Tareas Varias 1
- 06.07.01 48 hs Ayudante Albañil 1
32.00.00 Gestión Ambiental
Personal Obrero
- 06.09.03 48 hs Of. Tareas Varias 1
ARTICULO 13º: El Departamento Ejecutivo deberá realizar las adecuaciones presupuestarias pertinentes derivadas de los incrementos salariales dispuestos en el presente expediente, utilizando para su financiación economías libre disponibilidad o mayor coparticipación.
ARTICULO 14º: Realícese las modificaciones pertinentes en la Ordenanza de
Referencia redactando un solo cuerpo.
ARTÍCULO 15º:Comuníquese, Cúmplase, Regístrese y Archívese
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante “Héroes de Malvinas”, en Sesión Ordinaria a los diez días del mes de abril de 2024.
Aprobada por Unanimidad.
Diego Andrés Garaventa Julio Fabrizio Criado
Secretario Legislativo H.C.D. Presidente H.C.D.
General Alvear (B.A.) General Alvear (B.A.)