1912 – “Año de Homenaje al Doctor Manuel Belgrano” – 2012
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Corresponde a Expediente 4039-11392/12
ORDENANZA Nº 1727/2012
ARTÍCULO 1º: Créase el sistema de Becas Deportivas, que consiste en la entrega de una ayuda económica mensual a los deportistas de diferentes disciplinas a fin de solventar gastos de indumentaria, elementos personales específicos de la disciplina, y cualquier otro gasto generado por la práctica deportiva.
ARTÍCULO 2º: Las Becas deportivas serán otorgadas a los deportistas que por su desempeño en el año anterior, de acuerdo a sus méritos y dedicación, acrediten fehacientemente su participación periódica en torneos y competencias internacionales, nacionales, provinciales y locales. Esta beca estará destinada a cada deportista para su uso en indumentaria o implementos necesarios para entrenamiento, pago de gimnasio de musculación, para mejorar su alimentación y/o control médico, o para resolver pequeños gastos los días de participación deportiva.
ARTÍCULO 3º: Se dará prioridad a aquellos postulantes con mayores dificultades económicas.
ARTÍCULO 4º: Las becas estarán destinadas a deportistas que se destaquen en los distintos niveles a saber: local, provincial, nacional e internacional.
ARTÍCULO 5º: El monto de la Beca mensual será el equivalente al 30% de un sueldo de categoría mínima del Escalafón Municipal.
ARTÍCULO 6º: El beneficio será renovado cada 6 meses, según el desempeño, continuidad, competencias y desarrollo escolar. Se dispone un cupo de 4 becas mensuales para otorgar en las disciplinas que se desarrollan en nuestra ciudad, cantidad, que a criterio de la Comisión de otorgamiento, podrá ser ampliada.
ARTÍCULO 7º: Créase la Comisión de Otorgamiento y Fiscalización de Becas Deportivas, que será la encargada de calificar y seleccionar a los deportistas, que más lo merezcan, integrada por:
1.-Director de Deportes.
2.-Secretario de Hacienda.
3.-Director del C.E.F. Nº 36.
4.-Directora de Desarrollo Social.
Dicha comisión será el órgano de aplicación, y deberá efectivizar, controlar, evaluar y fiscalizar el otorgamiento de las becas.
ARTÍCULO 8º: Serán requisitos para la adquisición de la Beca:
1. Ser argentino nativo o nacionalizado.
2. Poseer una residencia mínima de 2 (dos) años en la ciudad de General Alvear.
3. Ser deportista de las categorías juveniles y mayores, de 12 años de edad en adelante.
4. Ser deportista amateur.
ARTÍCULO 9º: Para la solicitud de la Beca deberá ser presentada la siguiente documentación:
1. Nota elevada a la Comisión de Otorgamiento y Fiscalización de Becas, donde figure el pedido y los antecedentes deportivos.
a) En la nota de pedido deberá constar el rendimiento deportivo correspondiente al año anterior al pedido de la beca.
b) En caso de nivel nacional e internacional, el aval deberá ser de la Confederación o Federación Deportiva correspondiente, mediante la solicitud de la Asociación local.
2. Recibos de sueldos o declaración jurada de ingresos del grupo familiar directo.
3. Documentación que acredite los años de residencia en el Partido de General Alvear.
ARTÍCULO 10º: La beca deportiva puede cesar por:
1. Cambio de Domicilio o traslado fuera de la ciudad.
2. Sanción disciplinaria de la Asociación o Federación correspondiente.
3. No cumplimiento de lo establecido en la presente ordenanza.
4.-Abandono de la práctica deportiva.
Los deportistas que interrumpan la práctica deportiva deberán informar a la Dirección de Deportes y también cesará este beneficio.
ARTÍCULO 11º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal disponer las adecuaciones presupuestarias correspondientes para hacer efectivo el pago de las Becas Deportivas Municipales creadas en el art. 1° del presente proyecto.
ARTÍCULO 12º:Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria a los 19 días del mes de julio de dos mil doce. Aprobada por Unanimidad.-
Corina Pourthe Ramón José Capra
Sec. Legislativa HCD Presidente HCD
General Alvear Pcia. Bs. As. General Alvear Pcia. Bs. As.