HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Corresponde a Expediente 4039-11361/12.-
ORDENANZA Nº 1719/2012
Artículo Primero: Adhiérase al Plan de Financiamiento de Construcción de Viviendas establecido por el Decreto 365/05 dictado por el Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires.-
Articulo Segundo: Autorízase al Poder Ejecutivo Municipal a suscribir el Convenio que determine la autoridad de aplicación encaminado a obtener el financiamiento para la construcción de las viviendas.
Articulo Tercero: Autorízase al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires a disponer la afectación de los recursos que le corresponden a este Partido sobre la coparticipación municipal a fin de cancelar el aporte financiero otorgado por el I.V.B.A.-
Articulo Cuarto: Apruébase el listado que como Anexo I acompaña a la presente, donde se indica la situación dominial del terreno, titularidad y beneficiario del Programa descripto en el artículo primero.-
Articulo Quinto: Regístrese, comuníquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria a los 31días del mes de mayo de dos mil doce. Aprobada por Unanimidad.-
Corina Pourthe Hurí Graciela Piedrabuena
Sec. Legislativa HCD Presidente HCD
General Alvear Pcia. Bs. As. General Alvear Pcia. Bs. As.