Desafectar los sectores Zona Industrial a mediano plazo (I1) y la Zona Industrial a largo plazo (I2).
Corresponde Expediente Nº 4039-16326/2023.
ARTICULO 1º: Desafectar los sectores que conforman la Zona Industrial a mediano plazo (I1) y la Zona Industrial a largo plazo (I2) pertenecientes al Área complementaria delimitados por la Ordenanza Nº 607/78 en su artículo 3 incisos d) y e) y afectarlos al Área Rural de Población Dispersa – RD1 del partido de General Alvear.
ARTICULO 2º: Deróguese el artículo 3 inciso d) y e) de la Ordenanza Nº 607/78 que define las zonas industriales I1 y I2.
ARTICULO 3º: Toda norma que se oponga o contradiga a la presente, no tendrá vigencia a los fines establecidos por ésta.
ARTICULO 4º:Comuníquese, cúmplase, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante “Héroes de Malvinas”, en Sesión Ordinaria a los dieciséis días del mes de Mayo de 2023.
Aprobada por Unanimidad.
Diego Andrés Garaventa José Alberto Alaníz
Secretario Legislativo H.C.D. Presidente H.C.D.
General Alvear (B.A.) General Alvear (B.A.)