Corresponde Proyecto Bloque Frente de Todos.
ARTÍCULO 1: Adhiérase en todos sus términos a las leyes, nacional 27043 y Provincial 15035, garantizando en el ámbito de incumbencia de la Municipalidad de General Alvear el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presenten Trastornos del Espectro Autista (T.E.A.)
ARTÍCULO 2: El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente Ordenanza, designando dentro del Organigrama existente la Autoridad de Aplicación de la presente, que tendrá como misión y función articular con la Comunidad velar por el cumplimiento efectivo en el ámbito de incumbencia del Partido de General Alvear, con lo establecido por las leyes 27043 y 15035.
ARTÍCULO 3: Comuníquese, Cúmplase, Publíquese y Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante “Héroes de Malvinas”, en Sesión Ordinaria el día cinco de diciembre de 2022.
Aprobada por Unanimidad.
Diego Andrés Garaventa José Alberto Alaníz
Secretario Legislativo H.C.D. Presidente H.C.D.
General Alvear (B.A.) General Alvear (B.A.)