Corresponde Proyecto Bloque Frente de Todos.

ORDENANZA Nº 2460/2022

 ARTÍCULO 1º: La presente Ordenanza tiene por finalidad transmitir los conocimientos a los postulantes a la obtención de licencias de conducir, en la atención básica del Paro Cardio Respiratorio y la muerte súbita. Para de esta forma, tratar de prevenir muertes evitables en el ámbito extra hospitalario.

ARTÍCULO 2º: Establézcase la inclusión en el examen para la obtención y/o renovación de la Licencia de Conducir, la asistencia a un curso de capacitación, en maniobras de RCP (Resucitación Cardiopulmonar), otorgada por profesionales de salud municipal.

ARTÍCULO 3º: El curso establecido en el artículo 2º será de carácter optativo, y el Estado Municipal emitirá un Certificado de Participación del Curso Teórico Práctico en Técnicas de reanimación Cardio Pulmonar.

ARTÍCULO 4º: Se encuentran exentos de instruirse en las técnicas de Reanimación Cardio Pulmonar (R.C.P.), aquellas personas que certifiquen poseer dichos conocimientos por su formación académica y/o actividad profesional.

ARTÍCULO 5º: El Departamento Ejecutivo reglamentará los aspectos necesarios para la efectiva implementación de la presente ordenanza.

ARTÍCULO 6º: Comuníquese. Regístrese. Publíquese. Archívese.

Dada en la  Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante “Héroes de Malvinas”, en Sesión Ordinaria, del día treinta de Agosto de 2022. Aprobada por Unanimidad.

Diego Andrés Garaventa                                               José Alberto Alaníz

Secretario Legislativo H.C.D.                                           Presidente H.C.D.

General Alvear (B.A.)                                                 General Alvear (B.A.)

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