Corresponde Expediente Nº 4039-15900/2022.
ORDENANZA Nº 2431/2022
ARTÍCULO 1º: Modificase la Ordenanza Nº2420/2022 del Presupuesto vigente y apruébese el incremento en el sueldo básico del 10% para el personal municipal a partir 01/04/2022
ARTÍCULO 2º:Fíjese para los agentes municipales mayores de dieciocho años (18) años de edad, que cumplan el horario normal completo de trabajo de la Administración Municipal, el sueldo básico mínimo que a continuación se detalla:
A partir del 01/04/2022…………………………..$ 39.575,46
ARTICULO 3º: Determínese el siguiente sueldo básico para el Auxiliar Administrativo Categoría 4 ingresante, de 35 hs. a partir del 01 de abril de 2022 de $ 39.575,46 a los fines de la determinación del sueldo del señor Intendente Municipal y dieta de los señores Concejales, que deberá proporcionarse a 40 hs. semanales.
A partir del 01/04/2022……………………………$ 45.229,20 Se le deberá adicionar una bonificación como operador equipo de computación de $200, sin distinción de carga horaria.
ARTICULO 4º: Fijase a partir del 01/04/2022 en pesos ciento treinta y seis mil doscientos ochenta y siete con sesenta centavos ($136.287,60) la dieta de los señores Concejales, calculada en tres sueldos de la Categoría establecida en el Artículo 3º de la presente Ordenanza, en su equivalente a cuarenta (40) horas semanales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 92 de la L.O.M.
ARTICULO 5º: Fijase a partir del 01/04/2022 en pesos quinientos cuarenta y cinco mil ciento cincuenta con cuarenta centavos ($ 545.150,40), el sueldo básico del señor Intendente Municipal, calculado en doce sueldos de la Categoría establecida en el Artículo 3º de la presente ordenanza, en su equivalente a cuarenta (40) horas semanales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 de la L.O.M. La compensación de gastos de representación del Señor Intendente Municipal se mantendrá en pesos treinta mil ($ 30.000,00).
ARTICULO 6º: Fijase en un cuarenta (40) por ciento del sueldo del señor Intendente Municipal los sueldos básicos de los señores Secretarios de Hacienda, de Gobierno y Secretario de Salud.
ARTICULO 7º: Fijase en un treinta y cinco (35) por ciento del sueldo del señor Intendente Municipal el sueldo básico del Contador Municipal.
ARTICULO 8º: Fijase en un treinta (30) por ciento del sueldo del señor Intendente Municipal los sueldos básicos del Tesorero y del Jefe de Compras Municipales.
ARTICULO 9º: Apruébese la nómina de sueldos básicos y bonificaciones por cargo y/o función de los funcionarios que se detallan en el Anexo I y detalle de Agrupamientos, Anexo II, que forma parte integrante de la presente Ordenanza, a partir del 01/04/2022
ARTICULO 10º:Modifíquese la Ordenanza 2409/2021 del Presupuesto vigente y apruébese el incremento del valor de las guardias que se realicen en el Hospital Municipal “Bernardino Rivadavia” a partir del 1/04/2022 al 31/12/2022 en ANESTESIA PASIVA 24 Hs de un 5% mensual en el periodo comprendido, quedando fijados los valores para los respectivos meses de la siguiente manera:
Abril 2022
Lunes a Jueves $ 38.372,25
Viernes, sábado, domingo y feriados $ 47.227,95
Mayo 2022
Lunes a Jueves $ 40.290,86
Viernes, sábado, domingo y feriados $ 49.589,35
Junio 2022
Lunes a Jueves $ 42.305,40
Viernes, sábado, domingo y feriados $ 52.068,82
Julio 2022
Lunes a Jueves $ 44.420,67
Viernes, sábado, domingo y feriados $ 54.672,26
Agosto 2022
Lunes a Jueves $ 46.641,70
Viernes, sábado, domingo y feriados $ 57.405,87
Septiembre 2022
Lunes a Jueves $ 48.973,79
Viernes, sábado, domingo y feriados $ 60.276,16
Octubre 2022
Lunes a Jueves $ 51.422,48
Viernes, sábado, domingo y feriados $ 63.289,97
Noviembre 2022
Lunes a Jueves $ 53.993,60
Viernes, sábado, domingo y feriados $ 66.454,47
Diciembre 2022
Lunes a Jueves $ 56.693,28
Viernes, sábado, domingo y feriados $ 69.777,19
ARTÍCULO 11º: Crease en el Presupuesto de Gastos vigente a partir de 01/02/2022 o desde las fechas indicadas, de los siguientes cargos:
Crease
1110101000-Conduccion Superior
25.00.00- Servicios Especiales Urbanos
Personal Administrativo
- 23.13 48 Hs Encargada Oficinas Varias ( a partir del 01/02/2022) 1
28.00.00- Promoción al desarrollo Económico
Personal Administrativo
- 23.13 48 Hs Encargada Oficinas Varias ( a partir del 01/04/2022) 1
1110102000 –Secretaria de Gobierno y Hacienda
01.00.00-Gestión de Políticas de Gobierno y Hacienda
01.01.00-Gestión de Políticas de Gobierno
Personal Administrativo
- 23.29 35 Hs Encargada C.A.P ( a partir del 01/03/2022) 1
01.02.00- Gestión de Política de Hacienda
Personal Administrativo
- 23.28 35 Hs Encargada Catastro ( a partir del 01/03/2022) 1
Personal de Servicios
- 09.01 48 Hs Ordenanza ( a partir del 01/03/2022) 1
1110105000-Secretaria de Salud
29.00.00-Hospital Municipal “Bernardino Rivadavia”
Personal de Servicios
- 05.04 48 Hs Lavandera ( a partir del 01.04.2022) 1
Personal Administrativo
- 10.01 48 Hs Recepcionista en Guardia(a partir del 01/03/2022) 1
31.00.00-Asistencia a la 3ª Edad en el Hogar de Ancianos
Personal Administrativo
- 23.09 48 Hs Encargada Admin. de Pers.(a partir del 01/04/2022) 1
ARTÍCULO 12º: Elimínese en el presupuesto de Gastos vigente a partir del 01/02/2022 o desde las fechas indicadas los siguientes cargos:
Elimínese
1110102000- Secretaria de Gobierno y Hacienda
01.00.00-Gestión de Políticas de Gobierno y Hacienda
01.01.00- Gestión de Políticas de Gobierno
Personal Administrativo
- 23.08 48 Hs Encargada Secretaria de Gobierno 1
- 19.26 35 Hs Encargada C.A.P ( a partir del 01/03/2022) 1
01.02.00-Gestión de Políticas de Hacienda
Personal Administrativo
- 19.02 35 Hs Encargada de Catastro ( a partir del 01/03/2022) 1
Personal de Servicios
- 05.01 48 Hs Ordenanza ( a partir del 01/03/2022) 1
1110101000-Conduccion Superior
25.00.00- Servicios Especiales Urbanos
Personal Administrativo
- 23.13 48 Hs Encargada oficinas Varias (a partir del 01/04/2022) 1
ARTICULO 13º: El Departamento Ejecutivo deberá realizar las adecuaciones
presupuestarias pertinentes derivadas de los incrementos salariales dispuestos
en el presente expediente, utilizando para su financiación economías libre
disponibilidad o mayor coparticipación.
ARTICULO 14º: Realícese las modificaciones pertinente en la Ordenanza de
Referencia redactando un solo cuerpo.
ARTÍCULO 15º: Comuníquese, Cúmplase, Publíquese y Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante “Héroes de Malvinas”, en Sesión Ordinaria, del día 09 de Mayo de 2022. Aprobada por Unanimidad.-
Diego Andrés Garaventa José Alberto Alaníz
Secretario Legislativo H.C.D. Presidente H.C.D.
General Alvear (B.A.) General Alvear (B.A.)