Corresponde Expediente 4039-15668/2021
ORDENANZA 2406/2021
ARTÍCULO 1°: Modifíquese la Ordenanza 2398/2021 del Presupuesto vigente y apruébese el incremento del valor de las guardias pasivas de Anestesia que se realice en el Hospital Municipal “Bernandino Rivadavia”.
A partir del 01/11/2021
Anestesia pasivas 24 hs.
Lunes a jueves; $ 33.223,00
Viernes, sábados domingos y feriados $ 40.890,00
A partir del 01/12/2021
Anestesias pasivas 24 hs
Lunes a jueves $ 36.545,00
Viernes, sábados, domingos y feriados $ 44.979,00
ARTÍCULO 2°: Crease en el Presupuesto en Gastos vigente a partir de 01/11/2021 o desde las fechas indicadas, de los siguientes cargos:
Crease
1110101000- Conducción Superior
25.00.00- Servicios Especiales Urbanos
Personal de Servicio
- 09.03 35 Hs Oficial de Tareas varias ( A PARTIR DEL 01/12/2021) 1
26.00.00 Mantenimiento Caminos Rurales Municipales y Provinciales
Personal Obrero
- 10.01.48 Hs Maquinista 1
- 10.01 48 Hs Maquinista ( a partir del 01/12/2021) 1
32.00.00- Gestión Ambiental
Personal Obrero
- 09.02 48 Hs. Oficial Planta Reciclaje 1
33.00.00- Promoción de las Actividades Turísticas
Personal Administrativo
- 11.04 35 Hs. Oficial Administrativo (a partir del 01/12/2021) 1
1110102000 – Secretaría de Gobierno y Hacienda
01.00.00-Gestión de Políticas de Gobierno y Hacienda
01.01.00- Gestión de Políticas de Gobierno
Personal Administrativo
05.23.16 35 Hs Encargada de Despacho 1
Personal de Servicio
- 07.01 35 Hs. Ordenanza (a partir del 01/12/2021) 1
Personal Profesional
- 06.02 35 Hs Abogada 1
1110105000-Secretaría de Salud
29.00.00- Hospital Municipal “Bernardino Rivadavia”.
Personal Técnico
- 18.03 35 Hs. Técnica Radióloga 1
Personal de Servicio
- 11.04 48 Hs Camillero ( a partir del 01/12/2021) 1
31.00.00- Asistencia a la 3º Edad en Hogar de Ancianos
Personal de Servicio
- 05.02 Mucama 1
ARTÍCULO 3°: El Departamento Ejecutivo deberá realizar las adecuaciones presupuestarias pertinentes derivadas de los incrementos salariales dispuestos en el presente expediente, utilizando para su financiación economías libres disponibilidad o mayor coparticipación.
ARTÍCULO 4°: Realícese las modificaciones pertinentes en la Ordenanza de Referencia redactando un solo cuerpo.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese, cúmplase, publíquese y archívese
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, del día 6 de diciembre de 2021. Aprobada por Unanimidad.
Diego Andrés Garaventa Silvia B. Cappelletti
Secretario Legislativo H.C.D. Presidente H.C.D.
General Alvear (B.A.) General Alvear (B.A.)