Expediente 4039-15526/2021
ORDENANZA Nº 2376/2021
ARTÍCULO 1º: Modifíquese la Ordenanza Nº 2360/2021 del Presupuesto vigente y apruébese el incremento en el sueldo básico del 12% para el personal municipal a partir 01/07/2021
ARTÍCULO 2º: Fíjese para los agentes municipales mayores de dieciocho años (18) años de edad, que cumplan el horario normal completo de trabajo de la Administración Municipal, el sueldo básico mínimo que a continuación se detalla:
A partir del 01/07/2021…………………………..$ 29.319,70
ARTCULO 3º: Determínese el siguiente sueldo básico para el Auxiliar Administrativo Categoría 4 ingresante, de 35 hs. a partir del 01 de julio de 2021 de $ 29.319,70 a los fines de la determinación del sueldo del señor Intendente Municipal y dieta de los señores Concejales, que deberá proporcionarse a 40 hs. semanales.
A partir del 01/07/2021…………………………..$ 33.508,40
Se le deberá adicionar una bonificación como operador equipo de computación de $200, sin distinción de carga horaria.
ARTICULO 4º: Fijase a partir del 01/07/2021 en pesos ciento un mil ciento veinticinco con veinte centavos ($101.125,20) la dieta de los señores Concejales, calculada en tres sueldos de la Categoría establecida en el Artículo 3º de la presente Ordenanza, en su equivalente a cuarenta (40) horas semanales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 92 de la L.O.M.
ARTICULO 5º: Fijase a partir del 01/07/2021 en pesos cuatrocientos cuatro mil quinientos con ochenta centavos ($ 404.500,80), el sueldo básico del señor Intendente Municipal, calculado en doce sueldos de la Categoría establecida en el Artículo 3º de la presente ordenanza, en su equivalente a cuarenta (40) horas semanales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 de la L.O.M. La compensación de gastos de representación del Señor Intendente Municipal se mantendrá en pesos treinta mil ($ 30.000,00).
ARTICULO 6º: Fijase en un cuarenta (40) por ciento del sueldo del señor Intendente Municipal los sueldos básicos de los señores Secretarios de Hacienda, de Gobierno y Secretario de Salud
ARTICULO 7º: Fijase en un treinta y cinco (35) por ciento del sueldo del señor Intendente Municipal el sueldo básico del Contador Municipal.
ARTICULO 8º: Fijase en un treinta (30) por ciento del sueldo del señor Intendente Municipal los sueldos básicos del Tesorero y del Jefe de Compras Municipales.
ARTICULO 9º: Apruébese la nómina de sueldos básicos y bonificaciones por cargo y/o función de los funcionarios que se detallan en el Anexo I y detalle de Agrupamientos, Anexo II, que forma parte integrante de la presente Ordenanza, a partir del 01/07/2021
ARTÍCULO 10º: Crease en el Presupuesto de Gastos vigente a partir de 01/07/2021 o desde las fechas indicadas los siguientes cargos:
Crease
1110101000-Conduccion Superior
24.00.00-Obras y Servicios Públicos
24.01.00-Administracion Obras Públicos
Personal Obrero
06.10.01 48 Hs Maquinista ( a partir del 01/06/2021) 1
25.00.00- Servicios Especiales Urbanos
Personal Obrero
06.09.03 35 Hs Oficial Tareas Varias 1
06.09.03 48 Hs Oficial Tareas Varias (a partir 01/06/2021) 1
06.10.02 48 Hs Conductor de Camiones (a partir 01/06/2021) 1
06.10.02 48 Hs Conductor de Camiones 1
06.10.06 48 Hs Oficial de Tareas Varias (a partir 01/06/2021) 1
33.00.00- Promoción de Actividades Turísticas
Personal Administrativo
05.16.04 35 Hs Oficial Administrativo 1
110102000 –Secretaria de Gobierno y Hacienda
01.00.00-Gestión de Políticas de Gobierno y Hacienda
01.01.00-Gestión de Políticas de Gobierno
Personal Administrativo
05.16.04 35 Hs Oficial Administrativo 1
1110105000-Secretaria de Salud
30.00.00-Direción Gral. De Salud
Personal de Servicios
07.07.01 35 Hs Ordenanza 1
ARTÍCULO 11º: Elimínese en el Presupuesto de Gastos vigente a partir de 01/07/2021 o desde las fechas indicadas los siguientes cargos:
Elimínese:
1110101000-Conduccion Superior
24.00.00-Obras y Servicios Públicos
24.01.00-Administracion Obras Públicos
Personal de Servicios
07.09.02 48 Hs Chofer 1
25.00.00- Servicios Especiales Urbanos
Personal Obrero
06.10.01 48 Hs Maquinista (a partir 01/06/2021) 1
26.00.00- Mantenimiento Caminos Rurales y Provinciales
Personal Obrero
06.09.03 48 hs Oficial de Tareas Varias (a partir 01/06/2021) 1
32.00.00- Gestión Ambiental
Personal Obrero
06.09.02 48 Hs Oficial Planta Reciclado (a partir 01.06.2021) 1
06.10.05 48 Hs Oficial Planta Reciclado (a partir 01/06/2021) 1
ARTICULO 12º: El Departamento Ejecutivo deberá realizar las adecuaciones presupuestarias pertinentes derivadas de los incrementos salariales dispuestos en el presente expediente, utilizando para su financiación economías libre disponibilidad o mayor coparticipación.
ARTICULO 13º: Realícese las modificaciones pertinente en la Ordenanza de Referencia redactando un solo cuerpo.
ARTÍCULO 14º: Comuníquese, Cúmplase, Publíquese y Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 30 días del mes de julio del años 2021. Aprobada por unanimidad.
Diego Andrés Garaventa Florencia Caballero
Secretario Legislativo H.C.D. Vice 1º Presidente H.C.D.
General Alvear (B.A.) General Alvear (B.A.)