Corresponde Proyecto Bloque Juntos por el Cambio.
ORDENANZA Nº 2364/2021
ARTÍCULO 1º: Créase en la ciudad de General Alvear los espacios denominados PLAZAS INCLUSIVAS. Se define plaza inclusiva, a todo aquel espacio público destinado a área de juegos para niñas y niños que incorpore los principios de accesibilidad de las personas con discapacidad y cuente con al menos 1 juego cuyo diseño favorezca su integración y juego colectivo
ARTÍCULO 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal por intermedio de la Coord. De Familia, Tercera Edad y Discapacidad deberá realizar un estudio para la elección de los juegos a colocar en los predios y los requisitos necesarios de los distintos dispositivos y juegos recreativos.
ARTÍCULO 3º: Para el diseño y fabricación de los juegos integradores, se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar convenios con el ámbito Nacional, Provincial.
ARTÍCULO 4º: Se tomara como fecha estimada para la implementación del Art. 1 la semana del 1 al 7 de octubre del año en curso donde se celebra la semana de la no discriminación.
ARTÍCULO 5º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a utilizar los fondos propios a fin de cumplir con los objetivos de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 6º: Comuníquese, Cúmplase, Publíquese y Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, Sesión Ordinaria a los 16 días del mes de junio de 2021. Aprobada por Unanimidad.
Diego Andrés Garaventa Silvia B. Cappelletti
Secretario Legislativo H.C.D. Presidente H.C.D.
General Alvear (B.A.) General Alvear (B.A.)