Corresponde Expte. 4039-15457/2021
ORDENANZA Nº 2360/2021
ARTÍCULO 1º: Modifíquese la Ordenanza Nº 2346/2021, modificatoria de la ordenanza del Presupuesto vigente y apruébese el incremento en el sueldo básico del 3% para el personal municipal a partir 01/05/2021.
ARTÍCULO 2º: Fíjese para los agentes municipales mayores de dieciocho años (18) años de edad, que cumplan el horario normal completo de trabajo de la Administración Municipal, el sueldo básico mínimo que a continuación se detalla:
A partir del 01/05/2021…………………………..$ 26.178,30
ARTICULO 3º: Determínese el siguiente sueldo básico para el Auxiliar Administrativo Categoría 4 ingresante, de 35 hs. a partir del 01 de mayo de 2021 de $ 26.178,30 a los fines de la determinación del sueldo del señor Intendente Municipal y dieta de los señores Concejales, que deberá proporcionarse a 40 hs. semanales.
A partir del 01/05/2021…………………………..$ 29.918,00
Se le deberá adicionar una bonificación como operador equipo de computación de $200, sin distinción de carga horaria.
ARTICULO 4º: Fijase a partir del 01/05/2021 en pesos noventa mil trescientos cincuenta y cuatro ($90.354,00) la dieta de los señores Concejales, calculada en tres sueldos de la Categoría establecida en el Artículo 3º de la presente Ordenanza, en su equivalente a cuarenta (40) horas semanales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 92 de la L.O.M.
ARTICULO 5º: Fijase a partir del 01/05/2021 en pesos trescientos sesenta y un mil cuatrocientos dieciséis ($361.416,00), el sueldo básico del señor Intendente Municipal, calculado en doce sueldos de la Categoría establecida en el Artículo 3º de la presente ordenanza, en su equivalente a cuarenta (40) horas semanales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 de la L.O.M. La compensación de gastos de representación del Señor Intendente Municipal se mantendrá en pesos treinta mil ($ 30.000,00).
ARTICULO 6º: Fijase en un cuarenta (40) por ciento del sueldo del señor Intendente Municipal los sueldos básicos de los señores Secretarios de Hacienda, de Gobierno y Secretario de Salud.
ARTICULO 7º: Fijase en un treinta y cinco (35) por ciento del sueldo del señor Intendente Municipal el sueldo básico del Contador Municipal.
ARTICULO 8º: Fijase en un treinta (30) por ciento del sueldo del señor Intendente Municipal los sueldos básicos del Tesorero y del Jefe de Compras Municipales.
ARTICULO 9º: Apruébese la nómina de sueldos básicos y bonificaciones por cargo y/o función de los funcionarios que se detallan en el Anexo I y detalle de Agrupamientos, Anexo II, que forma parte integrante de la presente Ordenanza, a partir del 01/05/2021
ARTICULO 10º: Modifíquese la Ordenanza 2327/2020 del Presupuesto vigente y apruébese el incremento del valor de las guardias que se realicen el Hospital Municipal “Bernardino Rivadavia”
A partir del 01/05/2021
GUARDIAS MÉDICAS ACTIVAS 24 Hs.:
Lunes a Jueves: $ 15.665.00
Viernes, sábados, domingos y feriados $ 18.400.00
GUARDIAS MÉDICAS PASIVAS 24 Hs.:
Lunes a Jueves: $ 5.150.00
Viernes, sábados, domingos y feriados $ 6.030.00
TOCOGINECOLOGIA PASIVA 24 Hs.:
Lunes a Jueves: $ 5.150.00
Viernes, sábados, domingos y feriados $ 6.030.00
PEDIATRIA PASIVA 24 Hs.:
Lunes a Jueves: $ 5.150.00
Viernes, sábados, domingos y feriados $ 6.030.00
OBSTETRICIA PASIVA 24 Hs.:
Lunes a Jueves: $ 3.350.00
Viernes, sábados, domingos y feriados $ 5.580.00
CONSULTORIO PEDIATRIA Y TOCOGINECOLOGIA
Sábados, domingos y feriados (por día) $ 3.175.00
GUARDIAS PASIVAS (Semanales)
Laboratorio $ 6.625.00
Rayos $ 6.625.00
Cirugía $ 6.625.00
Farmacia $ 6.625.00
Hemoterapia $ 6.625.00
Grupo electrógeno + Oxigeno $ 6.625.00
ARTICULO 11º: El Departamento Ejecutivo deberá realizar las adecuaciones
presupuestarias pertinentes derivadas de los incrementos salariales dispuestos
en el presente expediente, utilizando para su financiación economías libre
disponibilidad o mayor coparticipación.
ARTICULO 12º: Realícese las modificaciones pertinente en la Ordenanza de
Referencia redactando un solo cuerpo.
ARTÍCULO 13º: Comuníquese, cúmplase, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los 03 días de junio de 2021. Aprobada por Unanimidad.
Diego Andrés Garaventa Silvia B. Cappelletti
Secretario Legislativo H.C.D. Presidente H.C.D.
General Alvear (B.A.) General Alvear (B.A.)