HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
– 1810 En el Año del Bicentenario 2010 –
ORDENANZA Nº 1554/2010
ARTICULO 1º: Modificase a partir del 01 de Febrero de 2010, el monto adicional por Presentismo establecido según Ordenanza Municipal Nº 1331/04 para todo el personal comprendido dentro de los términos de la ley Nº 11.757, llevándose a pesos Doscientos ($200,00). El mismo no estará sujeto a retenciones previsionales y/o asistenciales.
ARTÍCULO 2º: Determinase como causales de la pérdida de Presentismo:
1: Inasistencia:
a) Un (1) día: Descuento del veinticinco por ciento (25%).
b) Dos (2) días: Descuento del cincuenta por ciento (50%).
c) Tres (3) días: Descuento del cien por ciento (100%).
2: Horario de Ingreso:
a) Treinta (30) minutos: Descuento del veinticinco por ciento (25%).
b) Cuarenta y cinco (45) minutos: Descuento del cincuenta por ciento (50%).
c) Sesenta (60) minutos: descuento del ciento por ciento (100%).
3: No serán causales de pérdida del Presentismo:
a) Fallecimiento de padres, esposos, concubinos, hijos y/o hermanos.
b) Accidente dentro del horario de trabajo.
c) Descanso anual.
ARTICULO 3º: Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria, a los veinticinco días del mes de Febrero de dos mil diez. Aprobada por Unanimidad.-
Firman: Nancy Beatriz Garrocho, Secretaria Legislativa.
Dr. Edgar Osvaldo Paternostro, Presidente HCD.