HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ORDENANZA Nº 1531/2009
ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a vender en subasta pública los bienes muebles que como anexo I forman parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 2º: Para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo Primero, el procedimiento a utilizar deberá ajustarse en todos sus términos a lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley 6769/58 y sus modificato-rias) en sus artículos 158, 159 y 160 y 195 del reglamento de Contabilidad.
ARTÍCULO 3º: Los fondos obtenidos de la venta indicada serán destinados íntegramente a la financiación de gastos corrientes del Presupuesto de gastos vigente.
ARTICULO 4º: Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria al primer días del mes de Octubre de dos mil nueve. Aprobada por Unanimidad.-
Firman: Nancy Luján Artola, Secretaria Legislativa.
Dr. Jorge Raúl Fondado, Presidente.