HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ORDENANZA Nº 1481/08
ARTÍCULO 1º: Modificase al Artículo catorce de la Ordenanza Municipal Nº 1460/08, el cual deberá quedar redactada de la siguiente manera:
“Articulo 14º: El personal no comprendido en la Ley 11.757 podrá percibir las bonificaciones y adicionales establecidos en los Artículos 10, 11 y 13 de la presente ordenanza, conforme lo determine el departamento Ejecutivo”.
ARTÍCULO 2°: Incorporase a la nómina de sueldos básicos que como anexo “A” forma parte integrante de la Ordenanza Municipal Nº 1460/08, lo siguiente:
“Sueldo mínimo administrativo ingresante (tres meses) $ 423,31.
ARTICULO 3°: Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.——————————-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diez días del mes de Noviembre de dos mil ocho. Aprobada Por Unanimidad.-
Nancy Lujan Artola Dr. Jorge Raúl Fondado
Sec. Legislativa Presidente
H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante