HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ORDENANZA Nº 1430/07
ARTICULO 1º: Exímase del pago de la tasa por conservación, reparación y mejorado de la red vial municipal a todos aquellos señores contribuyentes del Partido de General Alvear, que no sean propietarios de mas de 200 hectáreas, hasta el 31 de Diciembre de 2007.————————————————————
ARTÍCULO 2º: Para encuadrarse dentro de los beneficios establecidos en los considerándos del artículo 1º, los señores contribuyentes involucrados deberán encontrarse al día en el pago de la mencionada tasa.———————–
ARTICULO 3º: Quedan sin efecto los alcances de la ordenanza municipal Nº 1401/06.——————————————————————————————
ARTICULO 4º: Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.———————————-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciséis días del mes de Abril de dos mil siete. Aprobada Por Mayoría.-
Firmado:
María Angélica Araujo- Secretaria.
Gustavo Horacio Marcos- Presidente