HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

            DE GENERAL ALVEAR

     PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 

 

ORDENANZA Nº 1430/07

 

 

 

 

ARTICULO 1º: Exímase del pago de la tasa por conservación, reparación y mejorado de la red vial municipal a todos aquellos señores contribuyentes del Partido de General Alvear, que no sean propietarios de mas de 200 hectáreas, hasta el 31 de Diciembre de 2007.————————————————————

 

 

ARTÍCULO 2º: Para encuadrarse dentro de los beneficios establecidos en los considerándos del artículo 1º, los señores contribuyentes involucrados deberán encontrarse al día en el pago de la mencionada tasa.———————–

 

 

ARTICULO 3º: Quedan sin efecto los alcances de la ordenanza municipal Nº 1401/06.——————————————————————————————

 

 

ARTICULO 4º: Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.———————————-

 

 

 

 

 

 

 

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciséis días del mes de Abril de dos mil siete. Aprobada Por Mayoría.-

 

 

 

 

 

 

Firmado:

María Angélica Araujo- Secretaria.

Gustavo Horacio Marcos- Presidente

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