HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

           DE GENERAL ALVEAR

       PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 

 

 

 

                          ORDENANZA Nº 1401/06

 

 

 

Articulo 1º: Exímase del pago de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, a todos aquellos señores contribuyentes del Partido de General Alvear, que no sean propietarios de más de 200 hectáreas, hasta el 31 de Diciembre de 2006.

 

 

Articulo 2º: Para encuadrarse dentro de los beneficios establecidos en los considerandos del articulo 1º, los señores contribuyentes involucrados deberán encontrarse al día en el pago de la mencionada Tasa.

 

 

Articulo 3º: Quedan sin efecto los alcances de la Ordenanza Municipal Nº 1381/05.-

 

 

Articulo 4º: Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar debidamente la presente Ordenanza.

 

 

Articulo 5º: Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.

 

 

 

 

 

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiún días del mes de Marzo de dos mil seis. Aprobada Por Unanimidad.-

 

 

 

 

 

Firmado:

María Angélica Araujo- Secretaria.

Gustavo Horacio Marcos- Presidente

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