HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ORDENANZA Nº 1401/06
Articulo 1º: Exímase del pago de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, a todos aquellos señores contribuyentes del Partido de General Alvear, que no sean propietarios de más de 200 hectáreas, hasta el 31 de Diciembre de 2006.
Articulo 2º: Para encuadrarse dentro de los beneficios establecidos en los considerandos del articulo 1º, los señores contribuyentes involucrados deberán encontrarse al día en el pago de la mencionada Tasa.
Articulo 3º: Quedan sin efecto los alcances de la Ordenanza Municipal Nº 1381/05.-
Articulo 4º: Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar debidamente la presente Ordenanza.
Articulo 5º: Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiún días del mes de Marzo de dos mil seis. Aprobada Por Unanimidad.-
Firmado:
María Angélica Araujo- Secretaria.
Gustavo Horacio Marcos- Presidente