HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

             DE GENERAL ALVEAR

     PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                          ORDENANZA Nº 1355/04

 

 

 

ARTICULO 1º: Autorízase al Señor Intendente Municipal de General Alvear, a la    firma del convenio de colaboración y anexos que se adjuntan, con la Subsecretaría de Atención a las Adicciones dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.

 

ARTICULO 2º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a promover todas las              acciones necesarias para la implementación del convenio de colaboración en el marco de la Ley 13178 y su decreto reglamentario.

 

ARTICULO 3º:  El Poder Ejecutivo municipal, deberá notificar dentro de los cinco   días la aprobación de la ordenanza municipal, a la Subsecretaría de Atención a las adicciones, Dirección de Programación.

 

ARTICULO 4º:    Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.

 

 

 

 

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiún  días del mes de Octubre de dos mil cuatro. Aprobada Por Unanimidad.-

 

 

FIRMAN: Gustavo H. Marcos

                Silvia F. Martin

 

 

 

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