HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ORDENANZA Nº 1355/04
ARTICULO 1º: Autorízase al Señor Intendente Municipal de General Alvear, a la firma del convenio de colaboración y anexos que se adjuntan, con la Subsecretaría de Atención a las Adicciones dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 2º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a promover todas las acciones necesarias para la implementación del convenio de colaboración en el marco de la Ley 13178 y su decreto reglamentario.
ARTICULO 3º: El Poder Ejecutivo municipal, deberá notificar dentro de los cinco días la aprobación de la ordenanza municipal, a la Subsecretaría de Atención a las adicciones, Dirección de Programación.
ARTICULO 4º: Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiún días del mes de Octubre de dos mil cuatro. Aprobada Por Unanimidad.-
FIRMAN: Gustavo H. Marcos
Silvia F. Martin