Corresponde a Proyecto Bloque Junto por el Cambio.

 

                                     ORDENANZA Nº 2281/2020

 

ARTÍCULO 1: Modifíquese el artículo 1, apartado A, inciso 5  de la ORDENANZA N° 1837/2013, prolongando el sentido de circulación de mano única de la Avenida San Martín, de Norte a Sur hasta la intersección con la calle Gutiérrez.

A dichos efectos  el inciso 5 quedará redactado de la siguiente manera:

UNA SOLA MANO, CON  ESTACIONAMIENTO A AMBOS LADOS SEGÚN SENTIDO DE LA CIRCULACIÓN (Excepto lo normado en el Art. 9°):
•          Avda. Pte. Juan Domingo Perón desde 25 de Mayo hasta 9 de Julio.
•          Avda. San Martín desde Papa Francisco hasta calle Gutiérrez (con   

           circulación especial-ZUE-Ord. 1253)
•         Avda. Sarmiento desde J. Hernández hasta  Rio Negro

 

ARTÍCULO 2: Modifíquese el artículo 1º, apartado B, inciso 3 de la ORDENANZA N° 1837/2013, el que quedará redactado de la siguiente manera:

  1. DOBLE MANO
    3.    CON ESTACIONAMIENTO A LA DERECHA DE LA CIRCULACIÓN
    •    Avda. 25 de Mayo (Desde Defensa Norte hasta José Hernández)
    •    Dr. Agesilao Milano (Desde Italia a Dr. Bernardino Althabe)
    •    Avda. San Martín (Desde Defensa Norte hasta Papa Francisco y desde calle Gutiérrez hasta Defensa Sur (ZUE-Ord. 1253/01).
    •    Avda. 9 de Julio (Desde Defensa Norte hasta Avda. Manuel Belgrano)
    •    Río Negro (Desde Defensa Este hasta Vte López)
    •    2 de Abril (Desde Islas Malvinas hasta Defensa Este)
    •    Avda. Papa Francisco (Desde Defensa Este hasta Avda. 9 de Julio)
    •    Avda. Hipólito Yrigoyen (Desde Cap. P. Giachino hasta Avda. Gral. Don Domingo F. Sarmiento)
    •    Dr. Isleño (Desde Avda.  25 de Mayo hasta  Capt. Giachino)
    •    Avda. Gral. Manuel Belgrano (Desde Defensa Este hasta Avda. 9 de Julio) 
    •    Hernández (desde Defensa Este a Avda. 9 de Julio).
    •    Juan Lavalle desde 25 de Mayo hasta Capitán Giachino.
    •    Todas las arterias desde Vías del FFCC a Defensa Oeste y Defensa Norte a Primera Junta).

 ARTÍCULO 3: Esta modificación realizada sobre la circulación de la Avenida San Martín, deberá ser dada a conocer, a través de los medios de comunicación durante un período de quince días.

 ARTÍCULO 4: Colocar nueva señalética que indique la modificación realizada y un cartel de advertencia para quienes transiten la Av. San Martín en dirección Sur- Norte desde Defensa Sur hasta calle Gutiérrez, 200 metros antes  del giro obligatorio a la derecha.

 ARTÍCULO 5: De Forma.

 

Dada en la  Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, Sesión Ordinaria a los  27 días del mes de agosto de 2020. Aprobada por Unanimidad.

 

 

 

    Diego Andrés Garaventa                                     Silvia Beatriz Cappelletti

       Sec. Legislativo HCD                                              Presidente HCD

   General Alvear Pcia. Bs. As.                                General Alvear Pcia. Bs. As

 

 

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