Corresponde a Proyecto UCR-Cambiemos
ORDENANZA Nº 2230/19
ARTÍCULO 1º: La Dirección Medio Ambiente, llevará un registro actualizado del arbolado público donde conste su ubicación, especies, estado vegetativo y sanitarios, edad y cualquier otro dato de interés, a efectos de su adecuada conservación y planificación.
ARTÍCULO 2º: ENCOMIÉNDESE al Departamento Ejecutivo Municipal el cumplimiento del Plan de Forestación Urbana para la ciudad de General Alvear, que se adjunta a ésta ordenanza y que tiene como objetivos:
– Lograr una tasa de aumento anual, equivalente a la tasa de nacimientos.
– Regular y optimizar la calidad paisajística y ambiental de los nuevos barrios de la ciudad.
-Conocer los beneficios de la forestación urbana
ARTÍCULO 3°: INFÓRMESE a los titulares de viveros y/o forestadores con domicilio en la ciudad de General Alvear, sobre la planificación anual y respecto a las especies autorizadas en cada arteria o sector, según Plan de Forestación Urbana.
ARTÍCULO 4: MODIFÍQUESE la ordenanza original (Nº 1790/2013), quedando redactado todo en un mismo cuerpo.
ARTÍCULO 5°: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase, Publíquese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, Sesión Ordinaria a los 2 días del mes de Septiembre de dos mil diecinueve. Aprobada por Unanimidad.
María G. Sivero Mauricio A. Pavioni Rozzi
Sec. Legislativo HCD Presidente HCD
General Alvear Pcia. Bs. As. General Alvear Pcia. Bs. As