HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Expediente Nº 4039-13641/17
ORDENANZA Nº 2091/17
ARTÍCULO 1°: Autorizase al departamento Ejecutivo Municipal a otorgar microcréditos, con el fin de apoyar y estimular actividades productivas en el Partido de General Alvear.
ARTÍCULO 2º: A los efectos del artículo anterior crease el fondo de apoyo y promoción de emprendimientos productivos.
ARTICULO 3º: El fondo referido en el artículo precedente, tendrá carácter de reintegrable y estará destinado a los microemprendedores que presenten el correspondiente formulario de solicitud, donde se justifique la necesidad de inversión en bienes capital y/o insumos en el ámbito del distrito de General Alvear.
ARTICULO 4º: Las características, objetivos e implementación de los proyectos productivos forman parte del presente como ANEXO I. Los proyectos referidos, una vez cumplidos los requisitos formales, deberán contar con la aprobación del Intendente Municipal, previa conformidad de la Dirección General de la Producción y la Dirección General de Desarrollo Social.
ARTÍCULO 5º: Los recursos para la financiación del fondo de apoyo y promoción de emprendimientos productivos se obtendrá de:
a) Los aportes no reintegrables y/o subsidios concedidos a la Municipalidad de General Alvear, con la finalidad establecida en el artículo 1º, por parte de los organismos públicos o privados, internacionales, nacionales o provinciales.
b) Del recupero de los créditos concedidos a través de ésta Ordenanza.
c) Otros avalados por Ordenanzas y Normativas especificas.
d) Lo que el Departamento Ejecutivo designe en cada Presupuesto, de acuerdo a la disponibilidad y capacidad financiera.
ARTICULO 6º: Cúmplase. Comuníquese. Regístrese. Publíquese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, Sesión Ordinaria a los 29 días del mes de mayo de 2017. Aprobada por Unanimidad.
Javiera Quincoces Ramón José Capra
Sec. Legislativo HCD Presidente HCD
General Alvear Pcia. Bs. As. General Alvear Pcia. Bs. As