HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE Corresponde a expediente Nº 4039-3737/98
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ORDENANZA Nº 1186/98
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza presentado por el Ejecutivo Municipal y el presentado por el Bloque de Concejales de la UCR, ambos relativos al ordenamiento del tránsito en el centro de nuestra ciudad y
CONSIDERANDO:
Que sería importante compatibilizar ambos proyectos, con algunas modificaciones.
Que resultaría se suma utilidad poner a prueba estas modificaciones, antes de tomar definitiva vigencia la Ordenanza respectiva.
Que si una vez pasado el período de prueba, estas tienen la efectividad buscada, proceder a implementar dicha regla en la zona de influencia.
Que si así no fuere, buscar otros medios o alternativas a esta Ordenanza en un plazo perentorio.
POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, APRUEBA LA SIGUIENTE ORDENANZA:
ARTICULO 1: Será única mano la Avenida San Martín en dirección Norte – Sur desde su intersección con la calle Bmé Mitre hasta la calle Hipólito Yrigoyen.
ARTICULO 2: Será única mano la Avenida Sarmiento en dirección Sur – Norte, desde su intersección con la calle Hipólito Yrigoyen hasta la calle Bmé Mitre.-
ARTICULO 3: Será única mano la calle Hipólito Yrigoyen en dirección Oeste – Este, en su extensión de Avenida 9 de Julio hasta 25 de Mayo.
ARTICULO 4: Será única mano la Avenida Presidente Juan D. Perón en dirección Este – Oeste entre la Avenida Sarmiento y San Martín, por lo que el único sentido de circulación alrededor de la Plaza Principal deberá ser en sentido contrario a las agujas del reloj.
ARTICULO 5: El estacionamiento alrededor de la Plaza Principal será de 45º sobre la vereda misma.
ARTICULO 6: El estacionamiento en el resto de la zona será en forma normal y en ambos lados de la calzada.
ARTICULO 7: La presente Ordenanza tendrá un período de prueba de 45 a 60 días, luego de los cuales tendrá definitiva vigencia.
ARTICULO 8: El Departamento Ejecutivo deberá imponer a cada una de sus direcciones (obras Públicas, General de Mantenimiento, etc.) de la presente reglamentación a efectos de su efectiva colaboración y pronta implementación con la debida señalización de la zona.
ARTÍCULO 9: Solicitar a las autoridades locales de la Policía Bonaerense suma colaboración al respecto.
ARTICULO 10: Divulgar la presente a todos los Establecimientos Escolares, de todos los niveles y por todos los medios de difusión posibles.
ARTICULO 11: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Regístrese. Cúmplase.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS 7 DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 1.998 Y APROBADA POR UNANIMIDAD.-
Firmado:
Gustavo Horacio Marcos – Secretario.
Juan Carlos Aramendi – Presidente.