HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE Corresp. Expte: 4039-3574/ 98
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ORDENANZA Nº 1172/98
ARTÍCULO 1º: Créase en el Área Urbana de General Alvear, la zona Distrito Urbanizado Especial Nº 7, en el predio cuya Nomenclatura Catastral es la siguiente: Circ. 1., Secc. F., CHACRA 199H, PARC. 1 y 17 a la 44 inclusive; Circ 1, Sec. F., CHACRA 199G, PARC 2 a la 11 y 13 a la 17 inclusive y 19, dejándose aclarado que se condiciona la presente modificación urbanística a su afectación al Plan Familia Propietaria.
ARTICULO 2º: Al Distrito Urbanizado Especial Nº 7, determinado en el Artículo 1º., se le asignan los siguientes indicadores urbanísticos:
Densidad neta: La resultante de construir una (1) vivienda por parcela.
F.O.S. 0,6.
F.O.T. 1.
Dimensiones mínimas: 10 mts. de frente, 250 m2 de superficie.
Usos: Vivienda unifamiliar.
Retiros de edificación: Frente, fondo, lateral: optativo.
Servicios esenciales: Agua potable, energía eléctrica domiciliaria, alumbrado público, apertura, abovedado, alcantarillado de calles y desagües pluviales del futuro loteo.
La ejecución de los servicios indicados en el punto anterior quedan prorrogados en los términos del Decreto Provincial 3275/96.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Oficial
ARTICULO 4º: Envíese copia de la presente a la Unidad Ejecutora y Coordinadora Plan Familia Propietaria. Cumplido archívese.-
ARTICULO 5º: Los Contribuyentes a quienes se les haya iniciado la ejecución de la deuda por vía de apremio podrán adherirse al presente plan cualquiera sea el juicio, siendo a su cargo las costas del mismo.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Alvear a los veintitrés días del mes de Abril de 1998 y aprobada por unanimidad.-
Firmado: GUSTAVO H. MARCOS– SECRETARIO
JUAN CARLOS ARAMENDI – PRESIDENTE