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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Corresponde a Expediente Nº 4039-13051/15
ORDENANZA Nº 1977/15
ARTÍCULO 1º: Créanse, a partir del 11/12/15, los siguientes cargos, en el Presupuesto de Gastos vigente:
111010000 – Departamento Ejecutivo Nº Cargos Sueldo Básico
1110101000 – Conducción Superior
01.01.00 – Desarrollo de Políticas Centrales.
1.1.1.2 Personal Jerárquico 1
Director Gral.Interinstituc. (Dtor.Gral.C) 1 $ 14.242,86
01.03.00 – Insp.Gral. de Transito y Seguridad
1.1.1.2 Personal Jerárquico 1
Inspector Gral. Control Urbano (Dtor.Gral.C) 1 $ 14.242,86
22.01.00 – Políticas de Prom. Cult. y Tall.
1.1.1.2 Personal Jerárquico 3
Director Gral. de Cultura (Dtor.Gral.C) 1 $ 14.242,86
Subdirector Gral. de Cultura 1 $ 10.053,82
Director Gral.de Educación (Dtor.Gral.C) 1 $ 14.242,86
1110102000 – Gestión de Políticas de Gobierno
1.1.1.2 Personal Jerárquico 1
Director Gral.de Comunicaciones (Dtor.Gral.C) 1 $ 14.242,86
1110200000 – H.C.D.
01-00-00 – Tareas Legislativas
1.1.1.1 Personal Superior 1
Concejal 1 $ 19.329,39
Total………..…………….7
ARTÍCULO 2º: Suprímanse, a partir del 11/12/15, los siguientes cargos en el Presupuesto de Gastos vigente:
111010000 – Departamento Ejecutivo Nº Cargos Sueldo Básico
1110101000 – Conducción Superior
01.01.00 – Desarrollo de Pol. Centrales
1.1.1.2 Personal Jerárquico 2
Coordinador de la Juventud 1 $ 10.053,82
1.1.1.2 Sub.Gral. de Cultura y Educación 1 $ 10.053.82
29.00.00 – Hosp. Mun. “Bno. Rivadavia”
1.1.1.3 Personal Profesional 4
Ginecólogo (Prof. D) 1 $ 10.053,82
Traumatólogo (Prof. D) 1 $ 10.053,82
Psicóloga (Prof. D) 1 $ 10.053,82 Fonoaudióloga (Prof. D) 1 $ 10.053,82
1110104000 – Secretaría de Obras y Serv. Públicos
25.01.00 – Adm. de los Serv. Esp. Urbanos
1.1.1.2 Personal Jerárquico 1
Supervisor S.E.U. 1 $ 9.163,62
1.1.1.2 Personal Jerárquico 1
Enc. División Vial 1 $ 9.163,62
Total………………..8
ARTÍCULO 3°:Transfiéranse los cargos creados por la Ordenanza N° 1962/2015 correspondientes al Jardín Maternal de la categoría programática 22.01.00 – Políticas de Prom. Cult. y Tall. a la categoría 22.04.00 – Apoyo al Desarrollo de Actividades Educativas ya que la misma corresponde a la finalidad y función Administración de la Educación.
ARTICULO 4º: Transfiéranse los cargos jerárquicos pertenecientes a educación de la categoría programática 23.01.00 – Coordinación de las Actividades Deportivas a la categoría programática 23.05.00 – Desarrollo de Actividades Educativas en Deporte ya que la finalidad y función de la misma es Administración de la Educación.
ARTICULO 5°: Fijase en cuatrocientos ocho (408) el número de agentes de la Planta Permanente Municipal a partir del 11/12/15.
ARTÍCULO 6º: Fijase el siguiente sueldo básico para el Auxiliar Administrativo Categoría 4 (Ingresante) más Bonificación Operador Equipo de Computación ($ 200-para 35 hs. semanales) a los fines de la determinación del sueldo del señor Intendente Municipal y dieta de los señores Concejales, el que deberá proporcionarse a 40 hs. semanales:
A partir del 11/12/15 ………………………… $ 5.637,74
ARTICULO 7º: Fijase a partir del 11/12/15 en pesos setenta y siete y mil trescientos diecisiete con 58/00 ($ 77.317,58), el sueldo básico del señor Intendente Municipal, calculado en doce sueldos de la Categoría establecida en el artículo 5º de la presente Ordenanza, en su equivalente a cuarenta (40) horas semanales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 de la L.O.M.
ARTICULO 8°: Fijase en un cuarenta (40) por ciento del sueldo del señor Intendente Municipal, los sueldos básicos de los señores Secretarios de Gobierno, Hacienda y Obras y Servicios Públicos, a partir del 11/12/15.
ARTICULO 9º: Fijase en un treinta y cinco (35) por ciento del sueldo del señor Intendente Municipal, el sueldo básico del Contador Municipal, a partir del 11/12/15.
ARTICULO 10º: Fijase en un treinta (30) por ciento del sueldo del señor Intendente municipal, los sueldos básicos del Tesorero y Jefe de Compras Municipales.
ARTICULO 11º: Apruébese la nómina de sueldos básicos y bonificaciones por cargo y/o función del personal Superior, Jerárquico y Profesional y sueldos básicos del personal Técnico, Administrativo, Obrero y de Servicio, que como anexo I forma parte de la presente Ordenanza, a partir del 11/12/15.
ARTICULO 12º: Apruébese el detalle de Agrupamientos, que como Anexo II forma parte integrante de la presente Ordenanza, a partir del 11/12/15 (Personal Superior y Jerárquico).
ARTICULO 13º:Apruébase la Estructura Orgánico-Funcional que como Anexo III, forma parte del presente Expediente, a partir del 11/12/15.
ARTICULO 14º: Continúan vigentes las disposiciones de la Ordenanza 1968/15, a excepción de las modificaciones introducidas en la presente.
ARTICULO 15º: El Departamento Ejecutivo deberá realizar las adecuaciones presupuestarias pertinentes derivadas de lo dispuesto en la presente, utilizando para su financiación economías de libre disponibilidad.
ARTICULO 16º:Cúmplase. Comuníquese. Regístrese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, Sesión Ordinaria a los 30 días del mes de Diciembre de dos mil quince. Aprobada por Unanimidad.
Javiera Quincoces Ramón José Capra
Sec. Legislativo HCD Presidente HCD
General Alvear Pcia. Bs. As. General Alvear Pcia. Bs. As