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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ORDENANZA Nº 763/86
ARTÍCULO 1: Créase un Plan de Pagos para la regularización de los distintos gravámenes a cargo del Municipio de General Alvear.-
ARTÍCULO 2: Se podrán acoger todos los responsables deudores de Tasas, Contribuciones, Derechos y Patentes cualquiera sea el estado de gestión de la deuda al 31 de Mayo de 1986. Los deudores que tengan juicio de apremio por el cobro de Tasas Municipales deberán abonar, a fin de acogerse al presente Plan, los gastos causídicos de la ejecución a cuyo efecto deberá solicitar liquidación en la Asesoría Letrada Municipal. Con el recibo de la cancelación otorgada por ésta podrá acogerse a la presente refinanciación.-
ARTÍCULO 3: El vencimiento para beneficiarse, con este Plan de Pagos con Facilidades Especiales se producirá el 25 de Julio de 1986.-
ARTÍCULO 4: Los contribuyentes podrán saldar sus deudas con un Plan de Facilidades de hasta quince cuotas mensuales iguales y consecutivas, con un interés del 1,5 % (uno y medio) mensual. La falta de pago de dos cuotas consecutivas o cuatro alternadas producirá la rescisión automática del convenio de pago, sin necesidad de interpelación por parte de la Municipalidad, la cual podrá exigir la totalidad de la deuda, imputándose las cuotas percibidas al pago de intereses devengados.
ARTÍCULO 5: Para poder gozar de este Plan de Facilidades, los contribuyentes deberán llenar un formulario creado al de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, el Primer Trimestre de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y el Segundo Bimestre de la Tasa por Servicios de Agua Corriente respectivamente. Para los demás gravámenes, se exigirá abonar en el momento de la presentación un anticipo de diez (10) por ciento de la deuda.-
ARTÍCULO 6: Los montos mínimos de Anticipos y Cuotas serán de diez (10) Australes y las deudas se autorizarán a los valores actuales de los respectivos gravámenes.-
ARTÍCULO 7: Se invitará a los deudores a acogerse al Plan de Pagos para regularizar su situación fiscal, debiendo además el Departamento Ejecutivo efectuar una profusa y amplia publicidad del mencionado Plan de Pagos con Facilidades.-
ARTÍCULO 8: Cúmplase. Publíquese. Regístrese.-
Dada en la Sala de Sesiones del HCD de General Alvear a los 18 días del mes de Junio del año 1986.
Firmado: MARIO FELIPE LAFUENTE Presidente.
ANTONIO PABLO PENA Secretario.