HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE Corresponde Exp. Nº 4039-2708/96
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ORDENANZA Nº 1111/96
VISTO:
El interés de Instituciones Intermedias, Organismos oficiales y de particulares en crear en la Ciudad de Alvear “La Casa de la Cultura y Rincón de los Recuerdos” y
CONSIDERANDO:
Que el rescate y preservación del Patrimonio Histórico y Arqueológico de los pueblos debe ser preocupación constante de los funcionarios de los distintos organismos oficiales.
Que es de conocimiento público el apoyo que brinda organizaciones no gubernamentales a iniciativas tendientes a conservar los elementos primordiales de la cultura.
Que la preservación del patrimonio arqueológico exige preservar no solo los recursos que puedan ser conservados sino también registrar aquellos que corren peligro de deterioro o destrucción antes de que ello ocurra.
Que nuestro país aprobó por Ley 19.943 (Boletín Oficial de la Republica Argentina, 23/11/1972) la Convención sobre las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, exportación y la transferencia de propiedad ilícita de bienes culturales, y por Ley21.836 (Boletín Oficial de la Republica Argentina- 14 de Junio de 1.978) la recomendación sobre la protección en el ámbito Nacional, del patrimonio histórico, artístico y natural.
Que nuestro municipio no cuenta con una legislación al respecto.
Que existe un desconocimiento y falta de información y un verdadero deterioro en nuestro acervo patrimonial, siendo el hombre el principal agente de destrucción, ya sea por ignorancia, ausencia de posesión (coleccionismo), por beneficio propio (comercio) etc.
Que dicho acervo es patrimonio de la comunidad humana donde todos y cada uno de sus integrantes, jurídicamente organizados, tienen no solo derechos al mismo, tal como lo consagra la Declaración de los Derechos Humanos aprobada por las Naciones Unidas en 1948, sino también la obligación de defender y proteger el bien legado, único testimonio de un pasado común que explica la circunstancia presente y condición al futuro inmediato.
Que el patrimonio cultural de la localidad comprende el resultado de todas las formas de la actividad humana, tanto en las creaciones materiales como espirituales, que son el producto de la experiencia acumulada, transmitida de generación y de pueblo en pueblo, a través del tiempo.
Que en ese marco la labor de la Municipalidad en lo atinente a su accionar cultural a través de la Dirección de Cultura, Deportes, Recreación, Juventud y Turismo debe consistir en asegurar el acceso al patrimonio (arqueológico, histórico, artístico y natural) a través de la creación de la “Casa de la Cultura y Rincón de los Recuerdos” y preservar a dicho establecimiento de las disposiciones adecuadas u universalmente reconocidas y aceptadas para depósitos de valores, cualquiera sea la forma que estos revisten.
Que es necesario la creación de un establecimiento administrador con el objeto de conservar, estudiar, valorar por distintos medios, para el deleite y la educación del público y esencialmente exponer un conjunto de elementos de valor cultural.
Que son antecedentes valiosos en esta materia, la Comisión creada el 04/10/1979. Mediante su accionar se recogieron distintos tipos de materiales que fueron entregados en custodia a la biblioteca.
Por todo ello, el H.C.D. de General Alvear, en uso de sus facultades y atribuciones aprueba el siguiente
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTICULO 1º: Crease la “Casa de la Cultura y Rincón de los Recuerdos” destinado a atesorar, poner valor, difundir por distintos medios valores culturales, naturales, locales, regionales, provinciales, nacionales y de interés
de la comunidad.
ARTICULO 2º: Establecido su ubicación y lograda su señalización, declárese de Interés Municipal a los referentes históricos y demás elementos que integran el patrimonio arqueológico, artístico, artesanal, natural.
ARTICULO 3º:Facúltase al Departamento Ejecutivo a difundir el valor del patrimonio arqueológico y paleontológico del Partido de General Alvear y a promover espacios públicos adecuados para la guarda, conservación y exhibición de los bienes hallados.
ARTICULO 4º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
Regístrese. Cúmplase.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 13 días del mes de Junio de 1996, y aprobada por unanimidad.-
Firmado: Joaquín Artola – Secretario.
Gaudencio Aníbal Fernández – Presidente