HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE Corresp. Expte 4039-2649/96
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ORDENANZA Nº 1109/96
VISTO:
La creación del Consorcio del Corredor productivo del Centro de la Provincia de Buenos Aires, integrado por los Municipios de Saladillo, 25 de Mayo, Roque Pérez, Tapalqué, Bolívar, Lobos y General Alvear;
Que dicha Zona de Crecimiento Común (Z.C.C) ha iniciado actividades dentro del marco del MERCOSUR, con la A.M.A.V.I., Asociación de Municipios del Alto Valle de Itajai, Brasil, a los efectos de lograr la integración cultural, política, económica y empresarial;
Que desde nuestro Municipios debemos plantear estrategias comunes a fin de posibilitar el desarrollo de nuestras Comunidades, como así también la colocación de productos de la región en otros mercados; y
CONSIDERANDO:
La necesidad de instrumentarlas medidas tendientes a financiar los viajes que deban realizar los funcionarios municipales y delegaciones culturales y políticas que nos representen, como así también incentivar la participación de los empresarios, industriales, productores agropecuarios, etc., para que puedan colocar sus productos en ferias internacionales o cualquier otro tipo de eventos;
Que desde el Municipio debe fomentarse dicha participación destinando fondos para financiar los viajes al exterior que pudieran surgir;
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, en uso de las facultades que le son propias, acuerda, aprueba y sanciona la siguiente:
ORDENANZA:
ARTICULO 1º:Autorizase al Departamento Ejecutivo, a liquidar viáticos especiales hasta la suma de pesos CIEN ($100) por día de estadía en cualquier País integrante del MERCOSUR, a aquellos funcionarios que deban realizar viajes con carácter de negocios vinculados al Corredor productivo del Centro de la Pcia. de Buenos Aires.
ARTICULO 2º: La Municipalidad de General Alvear financiará los pasajes de empresarios locales que participen en ferias o eventos internacionales con el fin de promocionar y/o colocar productos con destino a exportación.
ARTICULO 3º: El pago de los pasajes, previo análisis del viaje a realizar, se otorgará mediante desgravación de las tasas municipales que los propietarios de los establecimientos abonen al Municipio de General Alvear, contra la presentación de los comprobantes respectivos.
ARTICULO 4º: Los gastos originados por delegaciones políticas (Honorable Concejo Deliberante), culturales, deportivas, y del ámbito educacional que nos representen serán afrontados por la Municipalidad de General Alvear.
ARTICULO 5º:Facúltase al Departamento ejecutivo a ampliar las Partidas de viáticos y gastos de la Secretaria de la Producción, finalidad 1, del Presupuesto de Gastos 1996, tomando para ello economías de Partidas sin afectación del mismo Presupuesto.
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Regístrese. Cúmplase.
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 16 días del mes de Mayo de 1996 y aprobada por unanimidad.
Firman: Gaudencio Aníbal Fernández-Presidente
Joaquín Artola-Secretario.