HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE CORRESPONDE EXP. Nº 4039-2441/95
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ORDENANZA Nº 1085/95
ARTÍCULO 1º: Establécese un PLAN ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN DE
DEUDAS Para contribuyentes y demás responsables de gravámenes
municipales relacionados con: Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación
de la Vía Pública – Tasa por inspección de Seguridad e Higiene – Derechos de
Cementerio y Pavimento Urbano, cuyo vencimiento hubiere operado al 31 de
Agosto de 1995, siempre que se presente dentro de los términos establecidos
en la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2º: La fecha de vencimiento para acogerse al plan mencionado
será al 30 de Septiembre de 1995.
ARTÍCULO 3º: Las cuotas adeudadas serán actualizadas de acuerdo con el
valor vigente al momento de acogerse al beneficio de la presente moratoria.
ARTÍCULO 4º: Sobre el monto total de la deuda registrada, se establecen las
siguientes alternativas de pago:
PLAN 1: CONTADO: Un único pago con el 70% SETENTA POR CIENTO DE
DESCUENTO.
PLAN 2: EN CUOTAS: DESCUENTO DEL 50% CINCUENTA POR CIENTO, y
el resto en CUATRO (04) cuotas mensuales, fijas y sin interés, a saber: contado: 30-60 y 90 días.
ARTÍCULO 5º: El no pago de los planes establecidos producirá la caducidad
de pleno derecho de los plazos acordados quedando los responsables
obligados a la cancelación del total de la deuda original más intereses correspondientes por mora.
ARTÍCULO 6º: No será necesaria la previa intimación para dar inicio a las acciones legales correspondientes, a todos aquellos contribuyentes que no manifestaren interés en acogerse al presente Plan de Regularización de Deudas.
ARTÍCULO 7º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a prorrogar el plazo fijado
en el Artículo 2º de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 8º: Se invitará a los señores contribuyentes a adherirse al presente
Plan de regularización de deudas, realizando una profusa y amplia publicidad a
través de los medios locales escritos, orales y televisivos.
ARTÍCULO 9º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
Regístrese. Cúmplase.
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 7 días del mes de Septiembre de 1995 y aprobada por Unanimidad.-
Firmado: Gaudencio Aníbal Fernández– Presidente.
Luis Jorge Izurieta – Secretario.