Corresponde Expediente 4039-16088/2022.

ARTÍCULO 1º: Crease en el Área Rural de Población Dispersa – RDI del partido de General Alvear, la Zona Industrial 3- ZI3 en la parcela identificada: Circ. I; Secc. D; Ch. 83; Pc. 1 frentista a la traza de la RP Nº 61.

ARTÍCULO 2º: La Zona Industrial 3- ZI3 – será destinada a localizar Industrias de Primera, Segunda y Tercera categoría, según la “Clasificación de Industrias”, art. 15º, de la Ley 11.459. La Zona Industrial 3 (ZI3) será equivalente a la Zona “C” (Industrial exclusiva) en el marco de lo establecido por el art. 6º del Anexo I del Decreto 531/19, reglamentario de la Ley 11.459.

ARTÍCULO 3º: Se establecen para la Zona Industrial 3 (ZI3) las siguientes normas:

a) Urbanísticas

a-1) FOS:= 0.4

a-2) FOT:= 0.8

a-3) Dimensiones de Parcela

– ancho: 40 m

– superficie: 2.000 m2

a-4) Dimensiones mínimas de vías internas de comunicación:

– ancho de calles: 20 m

– media calle: 15 m

-“cul de sac” 40 m de diámetro

b) Retiros a la edificación:

b1) En las parcelas que se radiquen establecimientos industriales, se fija un retiro mínimo de cinco (5) m de los ejes divisorios de todas parcelas.

ARTÍCULO 4º: La evacuación y tratamiento de los efluentes industriales deberá resolverse dentro de los límites de cada parcela y en un todo de acuerdo a lo dispuesto por las leyes y decretos provinciales, nacionales y municipales.

ARTÍCULO 5º: En cumplimiento del Artículo 55º del Decreto Ley 8912 y su Decreto Reglamentario Nº 1549/83, se cederá una calle colectora de 20m de ancho sobre el lado de la Zona Industrial frentista a la RP Nº 61.

ARTÍCULO 6º: Se deberá ceder el 5% de la superficie a subdividir con destino a reserva para equipamiento comunitario e industrial de acuerdo a lo establecido en el Artículo 56º del DL 8912/77 y su DR 1549/83.

ARTICULO 7º: Toda norma que se oponga o contradiga a la presente, no tendrá vigencia a los fines establecidos por ésta.

ARTICULO 8º: Deróguese las Ordenanzas Nº 1606/10 y Nº 1868/14.

ARTÍCULO 9°: Comuníquese. Regístrese. Publíquese.

Dada en la  Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante “Héroes de Malvinas”, en Sesión Ordinaria el día cinco de diciembre de 2022.

Aprobada por Unanimidad.

 Diego Andrés Garaventa                                               José Alberto Alaníz

Secretario Legislativo H.C.D.                                           Presidente H.C.D.

   General Alvear (B.A.)                                                 General Alvear (B.A.)

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